Una empresa o una persona natural que tenga conocimiento de las leyes y de las ventajas de cada país considerado Paraíso Fiscal, tiene la posibilidad de reducir sustancialmente o eliminar la carga impositiva del país de origen. Estos tipos de actividades son conocidas como "offshore" (literalmente: en alta mar).
La definición de Paraíso Fiscal ha sido adoptada para definir aquellos países que han introducido facilidades fiscales a personas y/o sociedades para atraer divisa extranjera y favorecer la economía nacional. Este tipo de economía puede ser adoptado solo por países que tengan un sistema bancario y de comunicaciones eficiente. Los más favorecidos son los países con posición geográfica central respecto al continente o a la región donde se localizan. Financieramente los Paraísos Fiscales se dividen, principalmente, en dos tipos: "paraísos para las sociedades" y "paraísos para las personas físicas o naturales" De gran importancia son también los "Países de Transito Monetario" (PTM), que no pueden considerarse Paraísos Fiscales, pero que, por sus tratados de doble imposición o leyes, favorecen el uso de los PF. Principalmente los PF son utilizados por personas naturales que poseen un gran capital y no desean pagar impuestos sobre la renta del mismo, y personas jurídicas que a través de compañías anónimas offshore desean hacer negocios y disminuir o eliminar la carga fiscal. Por cada tipo de actividad, profesión y presupuesto existe un Paraíso Fiscal o un esquema de PF + PTM que cumplen con el propósito de no quedar estrangulado por la carga fiscal. Cada autor o financiero define de manera diferente al "Edén" fiscal. El Diccionario de Administración y Finanzas de J.M. Roosemberg define a los Paraísos Fiscales: "Países con leyes fiscales muy favorables para el establecimiento de la residencia legal de personas físicas o jurídicas que quieren pagar menos impuestos".
En general definimos a los Paraísos Fiscales como aquellos países que aseguran legislaciones bancarias y fiscales favorables a los inversionistas extranjeros. Los países que tienen este tipo de facilidades tienen el objetivo de favorecer la economía local y de esta manera atraer capitales del exterior. A diferencia de los países "pobres", los Paraísos Fiscales solo facilitan el ingreso de grandes capitales y generalmente su política migratoria desfavorece la pequeña inversión. Por ejemplo, la Ley Nº 54 del 22 de Julio de 1998 por la cual se Dictan Medidas para la Estabilidad Jurídica de las Inversiones en la República de Panamá, decreta que el Estado promueve y protege las inversiones efectuadas en el país, y que los inversionistas extranjeros y las empresas en las que ellos participan tienen los mismos derechos y obligaciones que los inversionistas y empresas nacionales, pero en su artículo 16 establece que todo inversionista que pretenda acogerse a los beneficios de esta Ley está obligado a invertir la suma "mínima" de 2 millones de dólares. Joseph Santana, en su libro "El Mundo de los Paraísos Fiscales" los define como: "Aquellos países que ofrecen ventajas impositivas para determinadas actuaciones empresariales". Podemos concluir que no existe el Paraíso Fiscal por excelencia: cada uno ofrece solo algunas y bien precisas ventajas, diferentes de un país al otro. El uso de los Paraísos Fiscales, con el fin de obtener mayores beneficios en el comercio internacional y/o en los negocios multinacionales, es totalmente legal. Siempre y cuando no se incurra en defraudación fiscal, contrabando o evasión tributaria.