La mediterránea República de Malta no solo deviene destino turístico hermoso, atractivo y un espacio ideal para residir, si no también uno de los centros financieros más importantes del orbe en el cual los emprendedores inteligentes disponen de un terreno fértil para efectuar negocios e incrementar su capital, pues goza de un sistema tributario que, a diferencia de muchos otros, como por ejemplo el italiano, estimula al empresario y a la empresa, y que está diseñado para evitar la doble imposición.
Luego de los cambios legislativos introducidos por la Ley de Ley del Impuesto sobre el'Income Gestión Tributaria de 1994, la isla superó su antigua imagen de paraíso fiscal mediterráneo y desde entonces a la fecha, se ha ido consolidando como un moderno y dinámico centro financiero internacional.
Así, el sistema tributario maltés está dirigido casi exclusivamente a fomentar la inversión extranjera, en aras de apuntalar e incentivar el desarrollo de las prestaciones financieras. Factor clave de esta política constituyó su adhesión a la Unión Europea en 2004, facilitando con ello la significativa reforma tributaria de 2007, que introdujo la exención de la participación y abolió los beneficios fiscales de Internacional Trading Empresas ITC; idéntica suerte corrió en 2010 el International Holding Empresas IHC, lo que condujo a que en ese propio año la República de Malta se insertara en el CD lista blanca internacional.
En relación con el ingreso personal, el año natural se cataloga como período impositivo y se gravan los tipos de ingresos que figuran a continuación: rentas de la empresa; trabajo por cuenta propia; empleo; renta de la inversión; y, los ingresos de las ganancias de capital.
1. El sistema tributario maltés individual se asemeja al de muchos otros sitios, pues la tributación está muy vinculada al lugar de residencia habitual y muy especialmente para evitar la doble imposición. Hay varias figuras para el Impuesto dall'Income: 1. Las personas domiciliadas y residentes habituales en Malta están obligadas a pagar el impuesto por los ingresos producidos en cualquier parte del mundo, de acuerdo con el principio de la tributación que rige mundialmente y por consiguiente en Italia.
2. Las personas naturales residentes en la República de Malta y que mantienen una residencia en el extranjero, pagan un impuesto sobre los ingresos obtenidos en Malta y los obtenidos en el extranjero, pero en Malta reciben las plusvalías generadas sobre la base de sus actividades en el extranjero. En la isla los impuestos están sujetos a tasas progresivas hasta un máximo del 35% para los soportes, con diferentes modulaciones y en dependencia de si el contribuyente es casado o soltero (en este caso que viva solo).
3. Muy interesante es, en cuanto a las personas físicas no residentes ni domiciliadas en Malta, recibir idéntico trato en cuanto a la imposición sobre la renta producida exclusivamente en el territorio y la producida en el extranjero, pero llevada físicamente a Malta. A ello se añaden los impuestos y regalías sobre los ingresos de las inversiones, así como las ganancias de capital en acciones de inversión colectiva y los valores derivados de bienes inmuebles en Malta.
4. Los residentes temporales en Malta durante menos de seis meses en el año calendario, tributan solo por los ingresos producidos en el territorio.
5. Los residentes permanentes interesados en transferir la residencia fiscal en Malta deben obtener la certificación previa de las oficinas de impuestos sobre la base de "Residencia Esquema Permanente", en las siguientes condiciones: tasa del 15% sobre los ingresos remitidos a Malta, hasta 4.193 € al año; exención total de las ganancias de capital remitidos a Malta; exención del impuesto a la herencia; y, un régimen especial para los reembolsos y exenciones de impuestos.
Puede afirmarse que en Malta los emprendedores tienen derecho a un sistema tributario equitativo y sobre todo ventajoso, con tasas máximas de 35% y varios sgravii, que equivale a una buena correspondencia entre las necesidades del Estado para recaudar impuestos y el derecho del trabajador a incrementar los resultados económicos de su trabajo.
Asimismo el sistema tributario maltés sobre sociedades es muy ventajoso, pues carece de imposición alguna separada de los beneficios empresariales; por tanto, la empresa y demás entidades jurídicas están sujetas a un régimen fiscal cuyas reglas diferencian a las distintas categorías de contribuyentes. De todo esto se desprende que no hay ningún impuesto adicional para los beneficiarios de los dividendos y de que el accionista está sujeto a una tasa más baja, aplicable para un reembolso fruto del exceso pagado por las empresas de su propiedad. Así, están sujetos a tributación, por sociedades residentes, los productos sobre la renta en el resto del mundo y, para los no residentes, los producidos en el territorio.
En la República de Malta figuran también las Sociedades Colectivas y las Sociedad Limitadas, consideradas transparentes a efectos fiscales; por consiguiente, los beneficios se gravan directamente a los accionistas. Hay otros tipos de personas jurídicas, como las cooperativas y CIS (institución de inversión colectiva), que se benefician mediante un absoluto sistema de exención de impuestos. Con el ánimo de evitar la doble imposición, el sistema tributario maltés facilita que las personas jurídicas, casuísticamente, califiquen para algunas exenciones de impuestos, como por ejemplo evitar la doble imposición; alivio unilateral; y, tarifa plana de crédito fiscal extranjero.
Bajo premisas tales como dinámico, equitativo y moderno, el sistema tributario maltés resulta muy competitivo, rentable y atractivo para muchos inversores, tanto por su eficiencia y la extrema simplificación de los procedimientos para obtener ciertas ventajas fiscales y legales. Por ejemplo, tasa de impuestos del 35%; ningún tipo de restricciones cambiarias; sin legislación CFC (sociedades extranjeras controladas) ni normas sobre sub capitalización o sobreprecios de transferencia; ningún tipo de retención en la fuente sobre los dividendos, intereses y regalías a los no residentes; y, la no existencia de impuesto sobre el capital. A todo ello se suma un sistema diversificado de las restituciones, dirigido a evitar la doble imposición, respectivamente, en la medida de 6/7, 5/7 y 2/3, dependiendo del impuesto soportado como consecuencia de la retención en origen sobre los dividendos, los impuestos sobre el interés o el impuesto de retención sobre los derechos de autor.
Esto último es muy significativo, pues un Ltd maltés puede ser legalmente propiedad de un británico o un Ltd GMBH (empresa extranjera o distinta de Malta) austriaca puede servir como un holding para que los ingresos producidos por el propietario de la empresa pueda beneficiarse de un reembolso de impuestos de 30 puntos porcentuales sobre la tarifa de 35.