Emergencia de Coronavirus y restricciones a la libertad

La situación de emergencia que vive el mundo debido a la epidemia del Coronavirus o Covid19 nos lleva a tener que hacer un cuidadoso análisis legal de los decretos de emergencia que los gobiernos están

Emergencia de Coronavirus y restricciones a la libertad

El abogado internacionalista Giovanni Caporaso Gottlieb analiza brevemente las medidas adoptadas por muchos países que restringen los derechos fundamentales.

La situación de emergencia que vive el mundo debido a la epidemia del Coronavirus o Covid19 nos lleva a tener que hacer un cuidadoso análisis legal de los decretos de emergencia que los gobiernos están implementando. En primer lugar, el término pandemia utilizado por la O.M.S. es excesivo, pero aún más excesivas son las limitaciones de las libertades sancionadas y garantizadas por la Constitución de cada país.

Las medidas restrictivas aplicadas en relación con el cierre de tiendas y oficinas, además de las restricciones impuestas a la libre circulación de personas bajo pena de sanciones penales y administrativas, violan el derecho a la libre circulación de los ciudadanos dentro del territorio nacional y pisotean las libertades personales que son, sin duda, el derecho humano fundamental más importante. Sin mencionar el derecho a trabajar. Estos derechos son, en mi opinión, inderogables a menos que exista una medida restrictiva por parte de las autoridades judiciales. Las restricciones impuestas por las normas contra el Coronavirus también limitan la sociabilidad, que es una prerrogativa del hombre como “animal social”.

Es evidente que estas medidas restrictivas representan un vulnus sensible al derecho primario a la libre autodeterminación.

Recordemos que en la mayoría de los países se consagra el derecho a la salud, pero no la obligación de la salud, por lo que, si uno no es portador y por lo tanto no es un peligro para los demás, debe tener derecho a decidir si sale de casa o no, si trabaja o no y así sucesivamente.

La mayoría de estos decretos pueden ser impugnados ante los tribunales ordinarios, razón por la cual algunos gobiernos también han suspendido el funcionamiento de los tribunales. Por lo tanto, recomendamos que los sancionados busquen asesoramiento jurídico en su país para examinar si pueden apelar la medida.

La primera sentencia contra las restricciones fue emitida por el Tribunal Administrativo Regional de Campania, Italia.

El juez anuló una orden administrativa emitida contra un ciudadano italiano por la policía.

El ciudadano había decidido, a pesar de la cuarentena en vigor, ir a trabajar y comprar cigarrillos.

El Tribunal de Campania le dio la razón al anular la orden administrativa por la cual se le ordenaba permanecer en su casa.

Este es el motivo de la resolución del tribunal:  "habiendo encontrado la plausibilidad de lo que se ha deducido como resultado de la esencialidad de la ruta seguida del hogar hacia el abastecimiento de suministros, incluido el punto de distribución automático de tabacos y considerando que la extrema gravedad y urgencia también debe apreciarse en la debida consideración del propósito y las medidas justificadas. La presente decisión se dicta con referencia exclusiva al acto de advertencia y cuarentena en relación con los mencionados compromisos profesionales, dentro de los límites de lo que necesariamente se relaciona con ello y en cumplimiento de todas las demás medidas, condiciones y precauciones que conozca el solicitante".

Por otro lado, si el Coronavirus no nos mata, corremos el riesgo de morir de aburrimiento o de hambre porque los supermercados abiertos son inútiles si no ganamos el dinero para comprar comida. Dejo que cada uno saque sus propias conclusiones y recomiendo una lectura cuidadosa de la Constitución de su propio país, porque las libertades constitucionales no pueden ser canceladas con un borrón y cuenta nueva.

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