España está negociando para regular las "jurisdicciones no cooperativas". La Comisión de Hacienda del Congreso español aprobó una ley (11/2021) contra el fraude fiscal. La nueva ley transforma la regulación sobre las denominadas “jurisdicciones no cooperativas”, que es la forma en que la Unión Europea llama a los paraísos fiscales. A partir de este instrumento jurídico, aprobado por los políticos, ¿qué criterios se siguen en España para considerar a un territorio como una “jurisdicción no cooperativa”?
Hasta hace poco, para considerar a un territorio como “paraíso fiscal”, la justicia española tomaba en cuenta, como elemento más importante, el intercambio de información fiscal entre Madrid y el gobierno de ese territorio. Sin embargo, ahora, la nueva ley menciona dos características adicionales: el nivel de impuestos imperante en ese territorio, así como la “justicia tributaria”.
Por mucho tiempo, España entendió que cada país tenía la potestad de establecer el sistema tributario que considerara más pertinente. Dicho sistema debía ser transparente, para que, cuando la persona no recibiera impuestos allí, los pagara en su lugar de residencia. Ahora esto cambió. La Unión Europea elabora su lista gris y negra de “jurisdicciones no cooperativas” a partir de lo que esa organización entiende como “tributación justa”.
Precaución de España con la lista de "jurisdicciones no cooperativas
En la nueva ley española, siguiendo las directivas de la Unión Europea, se define que no habrá “tributación justa” cuando se logren beneficios sin que exista una actividad económica real.
De acuerdo con la Unión Europea, la lista negra de “jurisdicciones no cooperativas” está compuesta por 12 territorios: Seychelles, Trinidad y Tobago, Islas Vírgenes Americanas, Anguila, Dominica, Fiji, Guam, Palau, Panamá, Samoa, Samoa Americana y Vanuatu.
Mientras, la lista gris de “jurisdicciones no cooperativas” incluye otros 10 territorios, como, por ejemplo, Australia y Turquía. En la nueva ley española no se aclara que Madrid reconozca tácitamente las listas de la Unión Europea. El gobierno decidirá, mediante Orden ministerial de la Ministra de Hacienda, qué territorios serán contemplados como “jurisdicciones no cooperativas”. No obstante, es muy probable que exista una sintonía muy grande entre los listados de la Unión Europea y los de España.
¿Por qué esa posible diferencia entre las listas negras de la Unión Europea y las que reconozca España? Sucede que, en el listado de la Unión Europea, aparecen países con los que España mantiene un convenio que evita la doble tributación fiscal. Por tanto, no sería lógico que Madrid aplicara medidas contra esos territorios.
En ningún momento de la discusión en el Congreso español se analizó por qué los empresarios españoles buscaban “jurisdicciones no cooperativas”. Para la Agencia Tributaria, lo más importante es perseguir, incluso utilizando el “big data”, al dinero de las personas más acaudaladas. Sin embargo, políticos y funcionarios no mencionan que hasta la propia OCDE reconoció, en su informe Taxing Waves 2021, que los impuestos en España están entre los más altos de Europa. Esa es la verdadera causa; pero ninguno de esos políticos aboga por disminuir la carga fiscal.
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