Se puede obtener la ciudadanía panameña de tres formas diferentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Constitución
La forma más simple para obtener la ciudadanía panameña, para los que no son panameños de nacimiento, es de naturalizarse. Esto aplica para aquellos extranjeros que hayan residido de manera permanente durante un mínimo de cinco años en el país. En este caso, esa persona tendrá que renunciar a la nacionalidad que tenga en ese momento. Atención, renunciar antes Panamá no quiere decir que pierdas forzosamente tu nacionalidad.
Los postulantes, deberán demostrar que dominan el idioma español. También tendrán que responder preguntas en las que prueben sus conocimientos sobre la historia, geografía y sistema político del País.
Si tienes una residencia permanente desde más de 5 años en Panamá y tienes dudas sobre el proceso de naturalización consúltanos.
El segundo camino hacia la ciudadanía panameña es para los extranjeros que hayan residido permanentemente en el país por, al menos, tres años. En este caso debe haber contraído matrimonio con un ciudadano/a panameño/panameña o tener un hijo/hija nacido en Panamá.
Por último, la tercera vía es conocida como “reciprocidad”. A ella pueden aplicar españoles o latinoamericanos. Las autoridades locales les aplicarán los mismos requisitos que exigen en esos países a los panameños para naturalizarse.
En esta opción, los plazos de espera varían, de acuerdo con la nacionalidad del solicitante. Por ejemplo, los uruguayos tendrán que esperar tres años. Mientras, argentinos, ecuatorianos, españoles, hondureños, mexicanos, nicaragüenses y peruanos solo por dos años. Mientras, los colombianos solo un año.
¿Cuánto demora el proceso burocrático?
Por lo general, las solicitudes de ciudadanía panameña demoran menos de un año. Sin embargo, todo el proceso puede tardar de 2 a 5 años en ser aprobado por el gobierno. En este proceso intervienen diferentes entidades del Estado. Por ejemplo, participa Migración, el Consejo de Estado, el Tribunal Electoral, la Gobernación, el Ministerio de Gobierno y Justicia. Y por fin, el Presidente de la República es quien firma la naturalización.
Después de esa aprobación presidencial, la carta de naturalización llega a las manos del Alcalde. Entonces el solicitante se presenta ante él, para hacer un juramento.
Documentos para presentar para solicitar la ciudadanía panameña:
- Poder a un abogado
- Certificado donde se reconozca el estatus migratorio de la persona
- Copia notariada del carné de residente permanente
- Copia de la resolución de dicha residencia
- Identificación panameña de tipo E
- Balance de cuenta bancaria que demuestre solvencia económica
- Declaración de la renta de la Dirección General de Impuestos.
- Copia del pasaporte
- Declaración jurada
- Certificado médico que pruebe el estado físico del solicitante
- Antecedentes penales, emitidos por la Policía panameña y también otro entregado por las autoridades policiales del país de origen del solicitante.
- En el caso de que la persona aplique a la tercera forma (“reciprocidad”) tendrá que presentar una copia notariada de la ley de reciprocidad, en el consulado panameño en su país de residencia
El proceso es largo y tedioso y es importante que la presentación de los documento esté hecha en la forma debida. Hay que precisar que cumplir con los requisitos no te da derecho a obtener la ciudadanía. Cualquiera de las instituciones que participan al examen de la solicitud, puede descartarla.
El abogado Giovanni Caporaso Gottlieb, no solo puede asistirte como abogado, sino que ha hecho personalmente este proceso. ¿Quien mejor para explicarte que hacer y que no hacer?